Diseño y desarrollo de webs en Sitges

La financiación de las ayudas se efectúa con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por el Plan europeo Next Generation EU.

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Somos Agente Digitalizador adherido al programa Kit Digital, y ofrecemos diferentes soluciones.

Ayudas a la digitalización de las empresas gracias a los fondos europeos “Next Generation EU” dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia. Consigue desde 2.000€ hasta 12.000€ para digitalizar tu empresa.

¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

La financiación de las ayudas se efectúa con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por el Plan europeo Next Generation EU.

El Kit Digital es un cheque o bono del Gobierno de España, que te permitirá implantar diferentes soluciones digitales, SOLO con Proveedores Homologados de toda España como Sitgeshosting – (denominados Agentes digitalizadores).

¿Cuándo pueden las pymes y autónomos cobrar el Bono Digital?

El Bono Digital se cobrará una vez que se justifique la solución digitalizadora implantada.

Para ello, la pyme o el autónomo beneficiario tendrá que contratar una de las soluciones digitales que puede encontrar en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Una vez que decide qué solución desea contratar, deberá formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización disponible en la Sede Electrónica de Red.es.

El plazo máximo para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización será de 6 meses, desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.

En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización correspondientes a sustituciones de soluciones ya adoptadas por el beneficiario, se detallarán las mejoras funcionales de la solución con respecto a la adoptada previamente por el beneficiario.

Después, el agente digitalizador tendrá que justificar, en nombre del beneficiario, aportando justificantes de gasto que especifiquen en qué se ha empleado el Bono Digital.

Esta justificación se realizará a través de un formulario electrónico que estará disponible en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).

El plazo máximo de presentación de la justificación será de 3 meses desde que finaliza la prestación de los servicios.

El pago de las ayudas se realizará en 2 fases:

  • En la primera fase los pagos tendrán la consideración de pagos a cuenta. Para percibir este pago, el beneficiario tendrá que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Si el beneficiario no cumple con los requisitos, deberá asumir la obligación de pago al Agente Digitalizador Adherido con los costes incurridos.
¿A quién va dirigido?

Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.

¿Cómo conseguir el bono digital?

Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de digitalización.

¿Qué necesitas para solicitar el bono kit digital?
  • Ser autónomo, microempresa o pequeña empresa (entre 0 y 49 empleados).
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que establece la convocatoria.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de mínimos –todas las subvenciones otorgadas por estados de la UE inferiores a 200.000 €–.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.
  • Tener el domicilio fiscal en España.
¿Qué empresas pueden beneficiarse?

Pueden resultar beneficiarios de estas ayudas cualquier empresa o autónomo con menos de 50 empleados. Para la concesión de las ayudas y su reparto, se tendrán en cuenta tres categorías o segmentos: 

Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. (Hasta 12.000€ en total).
INICIA TRAMITE
CONVOCATORIA – ACCEDE A RED.ES
Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados. (Hasta 6.000€ en total).
Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados. (Hasta 2.000€ en total).

Cómo conseguir el Kit Digital
1

Inscribe tu negocio en Acelera pyme

2

Elige las soluciones tecnológicas que te interesan en el catálogo de digitalizadores y rellena la solicitud de ayuda.

2

Accede a tu Kit Digital a través de un agente digitalizador.

¿Cómo puede ayudarte Sitgeshosting ?

Como agente digitalizador (en proceso de adhesión) , Sitgeshosting puede ser tu proveedor de los servicios de página web, tienda online y SEO. Si quieres, llámanos al 93 811 10 46 o contacta por wathsapp  y te informaremos de todo al detalle.
Además, si tienes entre 10 y 49 empleados ya puedes realizar tu solicitud en la web de acelerapyme.gob.es.
Si tienes menos de 10 empleados, el plazo se abrirá en los próximos meses, pero podemos ir organizando el proyecto. 

Se prevé que las empresas del Segmento II (pequeñas empresas de entre 3 y 9 empleados) puedan comenzar a solicitar su Bono Digital entre junio y julio de 2022.

Mientras que la fecha prevista para las empresas del Segmento III (pequeñas empresas de entre 0 y 2 empleados) será entre septiembre y octubre de 2022.

Cómo tramitar el Kit Digital

Las solicitudes podrán presentarse durante los 3 meses posteriores a la publicación de la convocatoria. 

Si cumples todos los requisitos y has realizado el test de autoevaluación digital, lo único que tienes que hacer es buscar en el catálogo de soluciones digitales cuáles te interesan para tu negocio y ponerte en contacto con el agente digitalizador.


A partir de la concesión de la ayuda, tendrás un plazo de 6 meses para firmar  con el agente digitalizador un Acuerdo de prestación de soluciones de digitalización, donde se detallarán las características de las soluciones tecnológicas que se implementarán, su plazo de ejecución y desarrollo y el importe del bono digital, entre otros.

La implantación de las soluciones digitales se hará en dos fases:

Primera fase (3 meses):

– Validación del acuerdo de prestación de soluciones. 
– Implementación y desarrollo de la solución tecnológica. 
– Primer pago al Agente Digitalizador.

Segunda fase (12 meses),

– Presentación del justificante de conformidad del servicio por parte del beneficiario. 
– Verificación de la conformidad. 
– Segundo pago al Agente Digitalizador.

¿Cómo se obtiene el pago de las ayudas Kit Digital?

Como bien sabes, el programa Kit Digital impulsa a las pequeñas y medianas empresas en el entorno digital con el fin de que puedan llegar a ser más competentes en este ámbito.

El cobro de una subvención suele ser susceptible de dudas y preguntas, por eso hoy te vamos a explicar el funcionamiento del pago de las ayudas Kit Digital.

¿Cómo funciona el cobro del Kit Digital?

En este caso, el pago de la subvención se va a realizar directamente a los agentes digitalizadores.

De esta manera, tras la oportuna comprobación y justificación presentada por los Agentes Digitalizadores Adheridos, como Sitgeshosting, la entidad colaboradora en este caso elevará la propuesta de pago al órgano concedente, que confirmará la orden de pago efectuándose el abono al agente digitalizador.

Todo este proceso consta de dos fases en las que el agente digitalizador deberá presentar una serie de documentos que acrediten el trabajo realizado.

La implantación de las soluciones digitales se hará en dos fases:

Primera fase (3 meses):

– Validación del acuerdo de prestación de soluciones. 
– Implementación y desarrollo de la solución tecnológica. 
– Primer pago al Agente Digitalizador.

Segunda fase (12 meses),

– Presentación del justificante de conformidad del servicio por parte del beneficiario. 
– Verificación de la conformidad. 
– Segundo pago al Agente Digitalizador.

¿Quién puede beneficiarse del Kit Digital y de qué manera?

Los beneficiarios de estas ayudas son pymes y autónomos, los cuales deberán necesariamente declarar la cuantía recibida, a pesar de que ellos nunca llegarán a recibir el dinero.

Como decíamos, son los agentes digitalizadores los que reciben directamente la cantidad correspondiente para implementar las soluciones que se hayan considerado previamente y que constan en el Catálogo de Soluciones de Digitalización que puedes encontrar en Red.es.

En este sentido, los Bonos de Digitalización no se prestan a ser utilizados para costear otra clase de servicios que no formen parte de Acelera Pyme, puesto que la ayuda la recibe directamente el proveedor en base al trabajo realizado.

¿Qué es un Agente Digitalizador Adherido?

Como ya te imaginas, se trata de los proveedores externos que serán capaces de garantizar el acceso y cumplimiento de las diferentes soluciones que establece el programa.
De este modo, cada empresa beneficiaria podrá encontrar la solución que más se ajuste a sus necesidades entre todos los proveedores incluidos, los cuales serán los responsables de la asistencia a las herramientas necesarias para la digitalización.
Se deberá tener en cuenta que, para la ejecución del Bono Digital, solamente puede elegirse un agente digital que será el que implemente las soluciones que necesitas.

Kit Digital Sitges
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